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La UE Amplía a 81 los Alérgenos de Fragancias Obligatorios en el Etiquetado Cosmético: Lo que Debes Saber

21 JUL 2026

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha comunicado una importante actualización normativa que afectará de lleno a la industria cosmética y a los consumidores: la Unión Europea ha ampliado de 24 a 81 el número de alérgenos de fragancias que deben figurar de forma explícita en el etiquetado de los productos cosméticos.

Esta medida modifica el Reglamento Europeo de Cosméticos para mejorar la transparencia del listado de ingredientes (INCI) y ofrecer una mayor protección a las personas con piel sensible, reactiva o con tendencia a sufrir dermatitis de contacto.

¿En qué consiste la nueva normativa de etiquetado?

Hasta la entrada en vigor de este cambio, las marcas solo estaban obligadas a declarar en el etiquetado individualizado un grupo reducido de 24 sustancias perfumantes potencialmente alergénicas (como el Limonene, Linalool o Citronellol). Para el resto de fragancias, bastaba con incluir el término genérico «Parfum» o «Aroma».

Con la nueva regulación, el número de sustancias identificables se eleva a 81 alérgenos, incluyendo no solo sustancias sintéticas, sino también extractos y aceites esenciales naturales que contienen compuestos sensibilizantes.

Umbrales de concentración obligatorios

La obligación de declarar estos alérgenos individualmente en la lista de ingredientes se activa cuando se superan los siguientes límites de concentración en la fórmula final:

  • 0,001% en productos sin aclarado (leave-on), como cremas faciales, sérums, lociones corporales o perfumes.

  • 0,01% en productos con aclarado (rinse-off), como geles de ducha, champús o limpiadores faciales.

¿Por qué se ha tomado esta medida?

Las alergias de contacto a las fragancias son una de las causas más frecuentes de consultas dermatológicas relacionadas con el uso de cosméticos. La acumulación de exposición diaria a perfumes e ingredientes botánicos puede desencadenar reacciones como enrojecimiento, picor, descamación o eccemas.

Al ampliar el catálogo de alérgenos identificables, la UE y la AEMPS buscan dos objetivos fundamentales:

  1. Diagnósticos más precisos: Permitir que los dermatólogos identifiquen exactamente qué molécula causa la reacción en el paciente mediante pruebas de parche (patch test).

  2. Prevención para el consumidor: Ayudar a las personas ya diagnosticadas a evitar productos que contengan las sustancias específicas que desencadenan sus síntomas.

Plazos de adaptación para la industria cosmética

Dado el gran impacto que supone modificar el envasado y la formulación de miles de productos en el mercado europeo, la normativa establece periodos de transición graduales:

  • Nuevos lanzamientos: Los fabricantes disponen de un plazo de transición (habitualmente de 3 años) para que todas las nuevas fórmulas puestas en el mercado cumplan con el nuevo etiquetado.

  • Productos ya comercializados: Se concede un margen adicional (hasta 5 años) para actualizar el etiquetado de los lotes existentes en stock o retirarlos del punto de venta.

¿Qué significa este cambio para ti como consumidor?

A partir de ahora, notarás que las listas de ingredientes (INCI) en la parte posterior de tus cremas y perfumes pueden ser sensiblemente más largas. Esto no significa que los productos sean más químicos o peligrosos que antes, sino que el etiquetado es mucho más transparente.

Si tienes la piel atópica, reactiva o con tendencia alérgica, esta medida te facilitará enormemente la lectura de etiquetas para descartar ingredientes problemáticos antes de comprar un cosmético.

Puedes consultar la nota informativa completa en la web de la AEMPS